Todo menor de edad, requiere autorización para salir del país.
Los menores de edad que viajen solos, con unos de sus padres o un tercero, deben hacerlo con un Permiso Notarial y certificado de nacimiento. Importante: De regreso a Chile, debe ser presentado la misma autorización de viaje para salir al extranjero. Por lo tanto, debe solicitar al notario todos los permisos en TRIPLICADO y conservar al menos uno de ellos hasta el ingreso.
Según el Artículo 49° de la ley 16.618 Señala quien esta facultado para viajar con el menor de edad (Padres, tutores). Además, señala de quienes autoriza debe expresar esta voluntad mediante una escritura pública o privada autorizada por el notario público.
En resumen, debe presentar en todo coso un permiso Notarial al salir del país.
1.- Menores de edad que viajan fuera de Chile son sus padres.
Estos deben presentar:
- Pasaporte o cédula de identidad vigente según sea el país al que viaje.
- Certificado de nacimiento o libreta de familia, además de tres copias simples del documento.
2.- Menores de edad que viajan fuera de Chile con solo uno de sus padres.
Estos deben presentar:
- Pasaporte o cédula vigente según sea el país de destino.
- Certificado de nacimiento o libreta de familia, además de tres fotocopias simples.
- Certificado de defunción, en caso de estar fallecido uno de los padres, además de tres fotocopias simples.
- Autorización notarial del padre que no lo acompaña, entregando su consentimiento para la salida de menor o la autorización del tribunal de familia correspondiente, original, además de tres copias simples.
3.- Menores de edad que no viajen juntos a sus padres.
Estos deben presentar:
- Pasaporte o cédula vigente según sea el país de destino.
- Certificado de nacimiento o libreta de familia más tres fotocopias simples.
- Certificado de defunción en caso de fallecimiento de ambos padres, junto con tres fotocopias simples.
- Autorización notarial de ambos padres entregando su consentimiento para la salida del menor, en original más tres copias simples.